{"id":770,"date":"2020-08-01T10:52:01","date_gmt":"2020-08-01T13:52:01","guid":{"rendered":"https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/?page_id=770"},"modified":"2020-11-18T17:44:15","modified_gmt":"2020-11-18T20:44:15","slug":"punto-de-encuentro-plataformas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/?page_id=770","title":{"rendered":"Punto de Encuentro Empresas de Plataforma"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Logo-Punto-de-Encuentro-1024x614.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-212\" width=\"411\" height=\"246\" srcset=\"https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Logo-Punto-de-Encuentro-1024x614.jpg 1024w, https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Logo-Punto-de-Encuentro-300x180.jpg 300w, https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Logo-Punto-de-Encuentro-768x461.jpg 768w, https:\/\/foroparaeldiadespues.net.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Logo-Punto-de-Encuentro.jpg 1417w\" sizes=\"auto, (max-width: 411px) 100vw, 411px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-align-center wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-green-cyan-color\"><strong>MARCO CONCEPTUAL<\/strong><\/span><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">El lenguaje com\u00fan suele utilizar imprecisiones que resultan inconvenientes a la hora de describir conceptos en los \u00e1mbitos que as\u00ed lo requieren.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Se ha popularizado la denominaci\u00f3n de \u00abplataformas digitales\u00bb a las empresas que se dedican a la entrega de productos utilizando sistemas inform\u00e1ticos de asignaci\u00f3n de tareas y control de las personas que realizan dichas entregas, a las que se les denomina como \u00abtrabajadores de plataformas digitales\u00bb o, m\u00e1s sint\u00e9ticamente a\u00fan, \u00abtrabajadores de plataformas\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Estas denominaciones carecen de m\u00e9ritos suficientes para que puedan ser tomadas en \u00e1mbitos que, como el legislativo y el judicial, demandan precisi\u00f3n y calidad conceptual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Las tecnolog\u00edas que caracterizan a la denominada 4\u00ba Revoluci\u00f3n Industrial, en particular la Inteligencia Artificial y la Rob\u00f3tica, modifican sustantivamente las relaciones entre trabajadores y empresarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">El adecuado conocimiento de sus caracter\u00edsticas espec\u00edficas y la correcta percepci\u00f3n del impacto que puede tener la propagaci\u00f3n de su utilizaci\u00f3n sobre los derechos de los trabajadores resultan de fundamental importancia para lograr la preservaci\u00f3n de los principios de equidad y justicia en la relaci\u00f3n entre&nbsp; trabajadores y empresarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><strong>El funcionamiento de las Empresas de Plataforma (EP)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Las \u00abEmpresas de Plataforma\u00bb (EP) basan su organizaci\u00f3n en sistemas inform\u00e1ticos para la asignaci\u00f3n de tareas y el control de los trabajadores que las realizan.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Esos sistemas inform\u00e1ticos utilizan procedimientos de Inteligencia Artificial que les permiten reconocer los eventos de la realidad, aprender de ellos y modificar autom\u00e1ticamente la asignaci\u00f3n y control de tareas en funci\u00f3n de los objetivos gen\u00e9ricos con los fueron creados sin intervenci\u00f3n humana y aplicando sus propios criterios de optimizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En otras palabras, el objetivo empresarial de maximizar ganancias a trav\u00e9s de la explotaci\u00f3n de los trabajadores, que tradicionalmente era asignado a los gerentes de \u00abPersonal\u00bb (o dicho con m\u00e1s propiedad de \u00abRecursos Humanos\u00bb), en la EP se realizan inadvertidamente dentro del insondable \u00e1mbito&nbsp; de la Inteligencia Artificial, plagado de c\u00f3digos incomprensibles para los trabajadores y sus delegados, que ya no tienen una persona con la que negociar\/pelear sus derechos, mientras que las decisiones sobre su vida y su trabajo se suceden acercando m\u00e1s y m\u00e1s la relaci\u00f3n laboral al ideal empresario del costo cero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><strong>Empresas de Plataforma (EP) pueden ser todas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Glovo y Uber son emergentes de una modalidad empresarial que tiene enorme posibilidades de extenderse al conjunto de las tareas de gesti\u00f3n, tanto en el \u00e1mbito privado como el p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">La mutaci\u00f3n a esta modalidad operativa de las actuales formas de gesti\u00f3n de las organizaciones encuentran un aliado formidable en el teletrabajo. Aislados del resto de compa\u00f1eros, vinculados tan s\u00f3lo con el \u00ab<em>superior\u00bb<\/em> que les imparte las instrucciones, modifica las condiciones laborales y controla su trabajo, los teletrabajadores y teletrabajadoras reproducen las condiciones de los chicos y chicas en bicicleta que hoy se juegan la vida en la calle para ganar su sustento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">La probabilidad que ese <em>\u00absuperior\u00bb <\/em>sea un procedimiento de Inteligencia Artificial crece en la misma medida que se difunden las \u00abventajas econ\u00f3micas\u00bb de su utilizaci\u00f3n&nbsp; en los sectores empresarios y en algunos funcionarios p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><strong>Nuestra ley de contratos de trabajo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Los espa\u00f1oles hablan, en estos supuestos, de empresas en la \u00abnube\u00bb y trabajadores en la \u00abniebla\u00bb. Es muy clara y maravillosa la definici\u00f3n que hacen. Nos ubica donde estamos parados, en cuanto a tiempo, modo y lugar en estas relaciones, que se dan entre alguien que provee o pone a disposici\u00f3n una \u00abaplicaci\u00f3n o plataforma\u00bb, un software de la que es propietario y por el que obtiene ganancias y quien emplea esa plataforma, para poner su capacidad de trabajo a disposici\u00f3n de otro, que tiene la facultad de dirigirla,&nbsp;trabajador, en los t\u00e9rminos del art. 25 LCT.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En tales condiciones, es indiscutible que estos sujetos due\u00f1os de dicho software, constituyen una verdadera \u00abempresa\u00bb y son \u00abempresarios en los t\u00e9rminos de la LCT. Al respecto el&nbsp;art. 5&nbsp;&nbsp;&#8211; A los fines de esta ley, se entiende como&nbsp;\u00abEmpresa\u00bb&nbsp;la organizaci\u00f3n instrumental de medios personales, materiales e&nbsp;\u00abinmateriales\u00bb,&nbsp;ordenados bajo una misma direcci\u00f3n para el logro de fines econ\u00f3micos o ben\u00e9ficos. A los mismos fines, se llama&nbsp;\u00abempresario\u00bb&nbsp;a quien dirige la empresa por s\u00ed, o por medio de otras personas, y con el cual se relacionan jer\u00e1rquicamente los trabajadores&#8230;\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Todas esas caracter\u00edsticas aparecen en estas modalidades de trabajo, de manera que es imposible eludir la caracterizaci\u00f3n de \u00absujeto empresario de una relaci\u00f3n laboral\u00bb&nbsp; y no la de mero intermediario y \u00abtrabajadores en relaci\u00f3n de dependencia y no la de colaboradores o trabajadores econ\u00f3micamente dependientes, como estas empresas suelen llamarlos, para restarles contenido laboral a estos tipos de relaciones\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Todos estos dispositivos legales ayudan a la precisi\u00f3n conceptual y terminol\u00f3gica para el correcto encuadre jur\u00eddico de estos trabajadores y las relaciones laborales que se generan.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-align-center wp-block-heading\"><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-green-cyan-color\">DECLARACI\u00d3N DEL PUNTO DE ENCUENTRO EMPRESAS DE PLATAFORMA<\/span><\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p><strong>Las \u00abEmpresas de Plataforma\u00bb (EP) basan su organizaci\u00f3n en sistemas inform\u00e1ticos para la asignaci\u00f3n de tareas y el control de los trabajadores que las realizan.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Estos sistemas inform\u00e1ticos consisten en la totalidad de transacciones de gesti\u00f3n de una empresa y utilizan procedimientos de Inteligencia Artificial que les permiten reconocer los eventos de la realidad, aprender de ellos y modificar autom\u00e1ticamente la asignaci\u00f3n y control de tareas en funci\u00f3n de los objetivos gen\u00e9ricos con los fueron creados, sin intervenci\u00f3n humana y aplicando sus propios criterios de optimizaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Se presentan como empresas inform\u00e1ticas que procuran el encuentro entre clientes y prestadores de servicios, se reconocen a s\u00ed mismas como simples intermediarias que no operan en un sector espec\u00edfico, como es la entrega de una infinita gama de productos a domicilio entre otros, y su irrupci\u00f3n en m\u00faltiples aspectos han alterado el orden de derechos de trabajadores y trabajadoras de los cuales se sirven para el cumplimiento de sus fines y que motiva el presente acto declarativo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Este modelo de explotaci\u00f3n empresarial constituye la avanzada de un tipo de modalidad contractual que amenaza con extenderse al conjunto de las tareas de gesti\u00f3n, en este sentido es simple pensar que en toda transacci\u00f3n a distancia es posible el reemplazo de la gesti\u00f3n tradicional por una plataforma, en la cual debe primar la defensa de la persona humana como destinataria de derechos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aislados y carentes de representaci\u00f3n sindical se vinculan tan s\u00f3lo con el \u00ab<em>superior\u00bb <\/em>que les imparte las instrucciones y en los hechos modifica las condiciones laborales y controla su trabajo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En este sentido la probabilidad de que ese <em>\u00absuperior\u00bb <\/em>sea un procedimiento de Inteligencia Artificial crece en la misma medida que se difunden las \u00abventajas econ\u00f3micas\u00bb de su utilizaci\u00f3n en los sectores empresarios que impactan en la cosa p\u00fablica.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>El avance de esta modalidad contractual est\u00e1 produciendo cambios en las pr\u00e1cticas laborales de un nivel de complejidad y profundidad, que obliga a transitar un camino de reconsideraci\u00f3n de conceptos y estrategias en la defensa de los derechos de trabajadores y trabajadoras de las denominadas plataformas, que no merece m\u00e1s que su inclusi\u00f3n en el universo de derechos laborales ante un vac\u00edo que amerita su legislaci\u00f3n y no dejar su suerte librada al arbitrio del Poder Judicial como acto reparador.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Cabe reafirmar tres principios enunciados por el Papa Francisco que iluminan ese camino: la praxis es superior a la teor\u00eda, el tiempo es superior al espacio y el poliedro explica m\u00e1s que la esfera. Esos principios le dan sentido al origen y funcionamiento del Punto de Encuentro Empresas de Plataforma (PDEP).<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En el PDEP la calidad de los procesos es prioritaria, porque se reconoce como condici\u00f3n necesaria para alcanzar calidad en los producidos. Con una perspectiva que acompasa sus tiempos a los tiempos sociales. Integrando las ideas y las historias de quienes, portando diferentes experiencias de vida y conocimientos diversos, se encuentran para trabajar tras un objetivo com\u00fan: la defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras ante el nuevo escenario que instala las nuevas modalidades de trabajo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En ese contexto, el PDEP ha producido la declaraci\u00f3n \u00abLos derechos de las trabajadoras y los trabajadores de Empresas de Plataforma\u00bb. Un documento que hace p\u00fablica una tarea que se contin\u00faa en sus Grupos Tem\u00e1ticos y que anhela ser \u00fatil en cada espacio donde sea necesario discutir y acordar esos derechos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-align-center wp-block-heading\"><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-green-cyan-color\">LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE EMPRESAS DE PLATAFORMA<\/span><\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><em>\u00abSabemos que la tecnolog\u00eda, de la cual recibimos tantos beneficios y oportunidades, puede obstaculizar el desarrollo sustentable cuando est\u00e1 asociada a un paradigma de poder, dominio y manipulaci\u00f3n. En el contexto actual, conocido como la cuarta revoluci\u00f3n industrial, caracterizado por esta rapidaci\u00f3n y la refinada tecnolog\u00eda digital, la rob\u00f3tica, y la inteligencia artificial, el mundo necesita de voces como la de ustedes. Son los trabajadores quienes, en su lucha por la jornada laboral justa, han aprendido a enfrentarse con una mentalidad utilitarista, cortoplacista, y manipuladora\u00bb.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\" style=\"font-size:11px\"><strong><em>Carta de Francisco al Cardenal Turkson con motivo de la Conferencia Internacional \u00abDe Populorum Progressio A Laudato Si\u00bb &#8211; Noviembre de 2017<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Los abajo firmantes hemos aportado nuestras ideas al trabajo de articulaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n que realiza el Punto de Encuentro Empresas de Plataforma (PDEP).<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ansiamos en nuestra legislaci\u00f3n se despeje aquello de lo cual los espa\u00f1oles hablan de empresas en la \u00abnube\u00bb y trabajadores en la \u00abniebla\u00bb. En una tiempo, modo y lugar en estas relaciones laborales, que se dan entre alguien que provee o pone a disposici\u00f3n una \u00abaplicaci\u00f3n o plataforma\u00bb, un software de la que es propietario y por el .a disposici\u00f3n de otro, que tiene la facultad de dirigirla, trabajador, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 25 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En tales condiciones, es indiscutible que estos sujetos due\u00f1os de dicho software, constituyen una verdadera \u00abempresa\u00bb y son \u00abempresarios en los t\u00e9rminos del art. 5 de la mencionada Ley de Contrato de Trabajo el cual describe a la \u00abEmpresa\u00bb a la organizaci\u00f3n instrumental de medios personales, materiales e \u00abinmateriales\u00bb, ordenados bajo una misma direcci\u00f3n para el logro de fines econ\u00f3micos o ben\u00e9ficos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Todas esas caracter\u00edsticas aparecen en estas modalidades de trabajo, de manera que es imposible eludir la caracterizaci\u00f3n de \u00absujeto empresario de una relaci\u00f3n laboral\u00bb y no la de mero intermediario y \u00abtrabajadores en relaci\u00f3n de dependencia y no la de colaboradores o trabajadores econ\u00f3micamente dependientes\u201d, como estas empresas suelen llamarlos, para restarles contenido laboral a estos tipos de relaciones que detentan respecto de los trabajadores y trabajadoras una relaci\u00f3n de dependencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mica y jur\u00eddica. En este marco todos estos dispositivos legales ayudan a la precisi\u00f3n conceptual y terminol\u00f3gica para el correcto encuadre jur\u00eddico de estos trabajadores y las relaciones laborales que se generan.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sostenemos que los trabajadores y las trabajadoras que prestan servicios en esta modalidad contractual deben gozar de id\u00e9nticos derechos que posee cualquier trabajador en el marco normativo de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo los convenios colectivos los instrumentos adecuados para ajustar las condiciones particulares en que se prestan dichos servicios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Concebimos a la negociaci\u00f3n colectiva como una herramienta fundamental para determinar el derecho de trabajadores y trabajadoras en el marco de la normativa vigente y los derechos que ostentan el resto de los trabajadores como parte del movimiento sindical argentino.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sostenemos la plena vigencia y el necesario reforzamiento de los derechos colectivos en la modalidad del trabajo bajo Plataforma Digital, promoviendo una representaci\u00f3n de acuerdo al modelo sindical argentino, en el que trabajadores y trabajadoras sean reconocidos como pertenecientes a la actividad en que se desarrollen.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Asimismo entendemos que deben gozar de todo el conjunto de derechos emergentes de la Ley de Contrato de Trabajo, tales como el ajuste a los principios b\u00e1sicos de las relaciones laborales, a un salario digno y ajustado a la normativa vigente, como as\u00ed tambi\u00e9n y a modo enunciativo con derecho al r\u00e9gimen de descanso anual y licencias especiales, de accidentes, indemnizatorios integrales, aportes jubilatorios, obra social, sin dejar de lado aquellos que espec\u00edficamente permitan la realizaci\u00f3n de sus labores tales como la provisi\u00f3n de todo elemento tecnol\u00f3gico, movilidad o compensaci\u00f3n por el uso de la propia, ropa y elementos de trabajo en el marco que las normas de higiene y seguridad dicten para la especificidad, finalmente el ser abrazados por el derecho emergente derivado de la seguridad social en cuanto al r\u00e9gimen de jubilaciones y pensiones, riesgos del trabajo, asignaciones familiares y fondo de desempleo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En igual sentido y con relaci\u00f3n a la jornada laboral pactada deber\u00e1n gozar los trabajadores y trabajadoras bajo esta modalidad contractual, del derecho a la desconexi\u00f3n digital, reversibibilidad horaria, no operando sanciones de ninguna naturaleza, sean econ\u00f3micas o de falta de daci\u00f3n de trabajo, por falta de reporte o prestaci\u00f3n de servicios, entendido ello como garant\u00eda a la interrupci\u00f3n en la conectividad de dispositivos y sistemas tecnol\u00f3gicos fuera de los horarios de trabajo pactados y la consecuente prohibici\u00f3n al empleador de imponer la realizaci\u00f3n de tareas fuera de los mismos a trav\u00e9s de sus aplicativos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Otro aspecto a destacar es la desigual composici\u00f3n de los trabajadores de plataformas digitales, encontr\u00e1ndose una relaci\u00f3n desproporcionada de ocupaci\u00f3n exclusiva de varones, es por ello que entendemos que la legislaci\u00f3n que se construya deber\u00eda garantizar la inclusi\u00f3n de trabajadores sin distinci\u00f3n de g\u00e9neros ni diversidades sexuales.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>El principio de preferencia horaria y zona, bajo esta modalidad contractual debe operar en el marco del <em>ius variandi <\/em>como uno de los elementos centrales, actuando como garant\u00eda de la estabilidad laboral y abusos que puedan presentarse.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Toda vez que esta modalidad de trabajo en plataformas digitales como una de sus caracter\u00edsticas ocupa a personas j\u00f3venes, entendemos que el proceso de Alfabetizaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica no s\u00f3lo resulta indispensable para establecer una verdadera movilidad social ascendente de mujeres y hombres sin distinci\u00f3n, sino tambi\u00e9n esta capacitaci\u00f3n es una herramienta fundamental a trav\u00e9s de la cual la persona humana resulte ser el centro de la introducci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En materia de condiciones y medioambiente de trabajo (CyMAT) resulta indispensable que la autoridad de aplicaci\u00f3n dicte las normas pertinentes con el objetivo de brindar una protecci\u00f3n adecuada, cuyo eje sea la prevenci\u00f3n con cobertura integral del sistema de riesgos del trabajo como fuera enunciado precedentemente.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Como cierre, este acto declarativo expresa nuestras m\u00e1s altas convicciones en el sentido de ingresar en una senda virtuosa donde las Tecnolog\u00edas Convenientes, la negociaci\u00f3n colectiva y el di\u00e1logo social, el respeto del modelo sindical argentino, el resguardo de la dignidad y la vida y, en definitiva, la Justicia Social sean los elementos centrales que gu\u00eden a esta modalidad de Trabajo bajo Plataforma Digital hacia la integraci\u00f3n y garant\u00edas del plexo normativo del cual debe gozar todo trabajador, present\u00e1ndose este desaf\u00edo en un contexto refundacional del derecho laboral en el cual las nuevas tecnolog\u00edas del siglo XXI irrumpen tal como aquel que le diera origen a partir de la revoluci\u00f3n industrial, en el cual y como s\u00edntesis, la arquitectura y dise\u00f1o de normas deben encontrar inspiraci\u00f3n en los procesos hist\u00f3ricos como modo de inclusi\u00f3n de la persona humana en sentido estricto, entendi\u00e9ndola como herramienta y no como elemento de sustituci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h5 class=\"has-text-align-center wp-block-heading\"><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-green-cyan-color\">GRUPO TEM\u00c1TICO LEGISLACI\u00d3N Y DERECHO DEL TRABAJO<\/span><\/strong><\/h5>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong><span class=\"has-inline-color has-black-color\">CONCLUSIONES COLECTIVAS  SOBRE LA VISI\u00d3N DE LA ACTIVIDAD DE PLATAFORMAS DIGITALES EN EL MUNDO DEL TRABAJO Y LA CENTRALIDAD DE LA PERSONA HUMANA EN LA MISMA<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>Coordinaci\u00f3n General del Grupo Dr. Oscar Cuartango<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>SUSCRIBEN Dra. Maria Cecilia Delgado, Ing. Lidia Seratti, Prof. Luis Pittau, Cro. Carlos Gaitan, Dr. Ricardo Narvais y Dr. Mario Mobilio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">A lo largo de cuatro encuentros un grupo conformado por profesionales de diversas \u00e1reas, convocados en el Punto de Encuentro (PDE), hemos abordado la tem\u00e1tica referida a las Plataformas Digitales como marco de una nueva modalidad contractual a insertar en la normativa de la Ley de Contrato de Trabajo, misma suerte que obtuviera la de Teletrabajo recientemente sancionada en el Congreso de la Naci\u00f3n Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En tal sentido varias son las afirmaciones de arribo en estos encuentros que dan sustento al abordaje del predocumento de Declaraci\u00f3n que se agrega como parte integrante del presente, sobre el cual se efect\u00faan una serie de recomendaciones atento el uso de la palabra, la importancia de su apropiado uso en t\u00e9rminos descriptivos y el uso jur\u00eddico cual t\u00e9cnica legislativa sobre la que se regir\u00e1 esta actividad, siempre en ajuste a un acto declarativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Es as\u00ed que a modo de s\u00edntesis de todo lo actuado se destacan los siguientes puntos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Una necesidad de abordaje con una mirada social de la problem\u00e1tica en un marco de presente y futuro transformador<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Una necesidad de volver a las fuentes comprendida en este tema como b\u00fasqueda de un cauce ajustado a derecho<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 En este marco la imperiosa necesidad de un abordaje legislativo en ausencia de normativa expresa que contenga el universo de trabajadores y trabajadoras vinculados a esta modalidad de trabajo en plataformas digitales<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 La centralidad del abordaje en la persona humana en un marco de asimilaci\u00f3n de los procesos productivos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 La necesidad legislativa frente a un contexto de globalizaci\u00f3n, un modelo neoliberal precarizador, y la necesaria normativa protectoria del hombre y del trabajo como as\u00ed tambi\u00e9n la defensa del modelo sindical argentino y su necesidad de ser incorporado como derecho en la Ley de Contrato de Trabajo, pre conclusi\u00f3n de la lectura articulados de la citada Ley, sin perjuicio de la necesidad de efectuar contralores fiscales y de fiscalizaci\u00f3n del trabajo en b\u00fasqueda de los extremos ante descriptos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 El necesario anclaje tal t\u00e9cnica legislativa a la hora del abordaje del predocumento declarativo sustentado y anclado en las fuentes del derecho, entendiendo a las mismas desde diversos \u00e1ngulos, siendo no taxativas las diversas visiones jurisprudenciales, normativa vigente, derecho comparado, mirada de Organismos Internacionales (OIT) como as\u00ed tambi\u00e9n mirada sindical, usos y costumbres que inspiran al legislador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 La necesidad de atacar desde lo legislativo un modelo de explotaci\u00f3n de la persona humana y de las peque\u00f1as y medianas empresas, generadoras de la mayor\u00eda de puestos de trabajo en la Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Del mismo modo y puede citarse como consenso respecto del abordaje en t\u00e9rminos gen\u00e9ricos de esta tem\u00e1tica, que puede sufrir transformaciones con el curso del tiempo, y no en particular a las diversas formas en que se expresan (por caso Uber, Glovo, Rapi, etc) que llevan la misma matriz de funcionamiento y ser tratado el tema como un modelo de gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 La necesidad sobre un tema recurrente cual es el modelo precarizador que impone el trabajo en plataformas, desde el punto de vista socio-demogr\u00e1fico y la captaci\u00f3n de mano de obra extranjera, con una participaci\u00f3n en el universo de trabajadores de plataformas de un 75%.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Que en total consonancia con lo antedicho dicha participaci\u00f3n es mayoritariamente de una edad inferior a los 30 a\u00f1os, lo cual infiere una ausencia de alfabetizaci\u00f3n tecnol\u00f3gica o plan que lo recree (brecha digital), que a su vez admita incrementar el rango etario para dicha actividad, con mayoritaria participaci\u00f3n masculina, que a las claras refleja una discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero, todo ello en ausencia de normativa que excluye a las mujeres respecto a la actividad en tratamiento. Sin perjuicio ello, la ausencia de los derechos asociados a la seguridad social que fue deslizado en el primer encuentro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Se brind\u00f3 una mirada sindical, de lo general a lo particular, con un repaso hist\u00f3rico y actual que del mismo modo que las econom\u00edas populares que ocupan a 6 millones de trabajadores y trabajadoras, quedan inmersos estos actores del mundo del trabajo (de plataformas digitales) fuera de ese espectro de representaci\u00f3n y acci\u00f3n.<br>\u2022 Asimismo se trabaj\u00f3 sobre las definiciones de estatus laboral de los trabajadores y trabajadoras de plataformas, la cual en el texto definitivo puede no anclarse en normativa expresa sino en las definiciones de trabajadores y empleadores en los t\u00e9rminos de la Ley de Contrato de Trabajo, lo cual en t\u00e9rminos de comunicaci\u00f3n no sobre abunden definiciones t\u00e9cnicas que quedan sentadas de por s\u00ed en una declaraci\u00f3n.<br>\u2022 Se compartieron proyectos de Ley que tomaron estado p\u00fablico de diversas fuentes sobre los cuales se ha trabajado.<br>\u2022 Se reafirm\u00f3 la necesidad de un abordaje en t\u00e9rminos gen\u00e9ricos de esta tem\u00e1tica, que puede sufrir transformaciones con el curso del tiempo, y no en particular a las diversas formas en que se expresa esta modalidad, la cual importar\u00e1 una serie de recomendaciones ineludibles que debe contener el documento final en proyecto y de consenso general, por caso la necesidad de citar expresamente la dependencia econ\u00f3mica, t\u00e9cnica y jur\u00eddica de estos trabajadores y trabajadoras respecto de sus empleadores entre otras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Se debatieron ideas advirtiendo que para el correcto encuadre jur\u00eddico que proteja el universo de las y los trabajadores de plataforma digital es importante el valor y sentido de las palabras que se utilizar\u00e1n en la redacci\u00f3n del instrumento legislativo, que ser\u00e1 la herramienta para dar claridad a la oscuridad reinante aprovechada por la empresas de plataforma digital en desmedro de los derechos de las personas trabajadoras y de los derechos fiscales de los Estados en las que desarrollan sus actividades comerciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Se convers\u00f3 acerca de las recomendaciones que surgen del derecho comparado quienes a\u00fan no tienen una legislaci\u00f3n definida, dado que proponen reforzar la legislaci\u00f3n existente con la creaci\u00f3n de normas, compartiendo la visi\u00f3n de la jurisprudencia europea en la cual define y otorga en t\u00e9rminos de nuestra legislaci\u00f3n a la actividad en ciernes como una relaci\u00f3n de dependencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mica y jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u2022 Compartimos la necesidad de una f\u00f3rmula legislativa que se apropie de la utilizaci\u00f3n de lenguaje inteligible en t\u00e9rminos de considerandos, acorde al espacio multidisciplinario propio de la actividad que nos ocupa, con enfoque de derechos y perspectiva de g\u00e9nero de modo que la creaci\u00f3n de la modalidad de un nuevo contrato de trabajo brinde soporte a la resoluci\u00f3n del mismo, que indefectiblemente centrar\u00e1 su opini\u00f3n en t\u00e9rminos jur\u00eddicos con una definici\u00f3n de car\u00e1cter sustentable.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h5 class=\"has-text-align-center wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-green-cyan-color\">GRUPO TEM\u00c1TICO DE INVESTIGACI\u00d3N<\/span><\/h5>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>Dr. Julio C\u00e9sar Neffa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">1.- En las econom\u00edas de plataformas la empresa terceriza la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o porque eso no lo puede hacer ella directamente debido a la distancia f\u00edsica, pero lo acepta y lo toma en cuenta para clasificarlos. Esto es una novedad respecto de la tradicional Ley de Contrato de Trabajo que reconoce esta atribuci\u00f3n al empresario o a quienes este delega la gesti\u00f3n de la fuerza de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">2.- Es necesario mostrar m\u00e1s claramente que se trata de un trabajo donde hay subordinaci\u00f3n econ\u00f3mica y t\u00e9cnica muy evidente y que hay que se\u00f1alar la existencia de la subordinaci\u00f3n jur\u00eddica. Este es el debate central y sobre el cual hay que insistir.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">El trabajador recibe una orden de entrega y no es \u00e9l quien decide eso. Es el algoritmo de la empresa el que lo pone en un orden dentro de la fila para proponerle una entrega, y esto depender\u00e1 de las evaluaciones que hacen los consumidores y la empresa para la cual hace el reparto, sin que eso sea transparente para el trabajador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">De la misma manera el algoritmo de la empresa es el que influye para fijar el monto o un complemento de la recompensa monetaria tomando en cuenta las evaluaciones. Y si bien la dependencia es mutua, el algoritmo de la empresa lo puede desafectar sin previo aviso ni comunicar las causas o sea que es el equivalente de un despido con o sin causa, y sin preaviso ni indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Sus jornadas de trabajo pueden ser muy irregulares, pero solo est\u00e1 remunerado el tiempo de trayecto ida y vuelta cuando hacen las entregas pero si van a trabajar pueden permanecer mucho tiempo en situaci\u00f3n de espera y disponibilidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">3.- El libre funcionamiento del mercado no puede solucionar los problemas de la salud de los trabajadores porque es el que lo creo, se necesita la pol\u00edtica guiada por valores \u00e9ticos y morales..<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center has-small-font-size\"><em>Papa Pablo VI, \u00bb El desarrollo no se reduce al simple crecimiento econ\u00f3mico. Para ser aut\u00e9ntico, debe ser integral, es decir, promover a todas [las personas] y a toda [la persona].\u00bb(Populorum Progressio,\u00a014).<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center has-small-font-size\"><em>Laudato SI Francisco 127 \u201cEl trabajo deber\u00eda ser el \u00e1mbito de este m\u00falti\u00adple desarrollo personal, donde se ponen en juego muchas dimensiones de la vida: la creatividad, la proyecci\u00f3n del futuro, el desarrollo de capacida\u00addes, el ejercicio de los valores, la comunicaci\u00f3n con los dem\u00e1s\u2026\u201d,<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Este proceso de trabajo tiene impactos negativos sobre la salud<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">4. Los riesgos del medio ambiente de trabajo son mayores que para el caso de trabajadores que no son n\u00f3mades, pues estan expuestos a las inclemencias del tiempo y a sus variaciones, hay mayores riesgos (ya constatados) de accidentes de tr\u00e1nsito y en consecuencia se ven obligados a mirar o escuchar mensajes del celular mientras transitan.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Si se desplazan en bicicletas para auto-transportarse trabajando eso implica un esfuerzo y un desgaste muy superior al de quienes trabajan en locales de empresas, en organizaciones o en sus domicilios. Y tienen dificultades para acceder libremente a un ba\u00f1o durante su trayecto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Y al igual que los dem\u00e1s trabajadores estan sometidos a los riesgos del medio ambiente de trabajo, pero tambi\u00e9n a otros aun no reconocidos por la legislaci\u00f3n de Higiene y Seguridad y la LRT.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><em>Para trabajar siempre deben controlar, reprimir sus emociones cuando se establecen relaciones c<\/em>on la plataforma, con las empresas cuyos productos deben repartir, y con los compa\u00f1eros de trabajo y los clientes, que pueden ser amigables o conflictivas. Tambi\u00e9n sucede esto con quienes conducen los medios de transporte cuando se cruzan con ellos o van en paralelo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><em>Pierden autonom\u00eda y control sobre el proceso de trabajo <\/em>para trabajar y \u201cpedalear\u201d seg\u00fan su propio ritmo o estilo, el itinerario a recorrer, pero necesitan tener autonom\u00eda para hacer frente a acontecimientos imprevisibles que le obligan a ser creativos obligaci\u00f3n de hacer cosas con las cuales no est\u00e1 de acuerdo, con las que claramente est\u00e1 en desacuerdo, o cuando tienen el sentimiento de hacer un trabajo que no es valorado socialmente. A veces deben esconder informaci\u00f3n, ser ambiguos o mentir a la empresa, a los clientes o usuarios. Pueden recibir insultos o amenazas de los conductores de para sortear inconvenientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Est\u00e1n sometidos a conflictos \u00e9ticos y de valores. El trabajador ve impedida la posibilidad de trabajar con calidad y tiene la veh\u00edculos y no poder responder de la misma manera. Pueden encontrarse en la situaci\u00f3n de tener que entregar bebidas alcoh\u00f3licas a clientes que est\u00e1n drogados o en estado de ebriedad, o a menores de edad y fuera de los horarios permitidos. Todo eso vulnera su autoestima y genera una conciencia de culpa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Las<em> Relaciones sociales y de trabajo<\/em> con una jerarqu\u00eda invisible pueden ser conflictivas y estar en desacuerdo con una mala evaluaci\u00f3n an\u00f3nima, con la empresa que vende el producto a transportar y finalmente, con los clientes y usuarios. No siemprereciben un reconocimiento y apoyo social y t\u00e9cnico de su trabajo por parte de los clientes o de la empresa que suministra el producto. Pueden ser v\u00edctimas de la violencia verbal por parte de quienes operan las plataformas, as\u00ed como de los clientes y de conductores de veh\u00edculos. O incluso violencia f\u00edsica como es frecuente en el caso de robos, asaltos o actitudes de los clientes descontentos con la calidad del producto o a causa de las demoras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">No tienen un contrato de trabajo estable por tiempo indeterminado (CDI), niseguridad en ese empleo, pues pueden quedar en cualquier momento desvinculados, con o sin causa, por iniciativa de la empresa de plataformas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Las posibilidades de promoci\u00f3n o de ascenso para estos trabajadores son pr\u00e1cticamente inexistentes pues se trata de un colectivo de trabajo horizontal. Puede constituir un empleo <em>parking<\/em>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MARCO CONCEPTUAL El lenguaje com\u00fan suele utilizar imprecisiones que resultan inconvenientes a la hora de describir conceptos en los \u00e1mbitos que as\u00ed lo requieren. 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